Definida cobertura del Plan de beneficios en salud para 2017

La actualización cobija los servicios prestados con cargo a la unidad de pago por capitación (UPC).

A través de la Resolución 6408 del 26 de diciembre de 2016, el Ministerio de Salud y Protección Social modificó el Plan de beneficios en salud al que tendrán derecho en el 2017 los afiliados del Sistema general de seguridad social en salud (SGSSS), plan que debe ser garantizado por todas las Entidades promotoras de salud (EPS).

La actualización se constituye en el cumplimiento a la orden 18 de la sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, relacionada con la revisión anual de medicamentos genéricos y esenciales.

Entre las modificaciones más relevantes se destaca la eliminación del límite para el suministro de tirillas y lancetas mensuales para los pacientes que se encuentran en manejo con insulina, (anteriormente el suministro de estos productos tenía un tope de 100 y 50 unidades mensuales, dependiendo del tipo de diabetes). A partir de 2017, el suministro de tirillas y lancetas será de conformidad con el criterio del médico tratante y de acuerdo con las Guías de Práctica Clínica.

Con respecto a los medicamentos del Plan de beneficios en salud con cargo a la UPC, el 100 por ciento de las concentraciones y el 74 por ciento de las formas farmacéuticas deben ser suministradas por las EPS a partir del primero de enero de 2017.

¿Qué es la concentración de un medicamento?

Es la cantidad del principio activo que se puede expresar en miligramos (mg), microgramos (mcg), gramos (g) unidades internacionales (UI), entre otros.

¿Qué es la forma farmacéutica?

Es la forma física como se presenta un medicamento. Puede ser tableta, cápsula, solución oral, solución oftálmica, gel, jarabe, crema, ungüento, entre otros.

Ejemplo

Si a un paciente le formulaban el medicamento corticoide + neomicina + polimixina, la EPS solo se le entregaba si cumplía con estas características:

Resolución 5592 de 2015

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A partir del primero de enero de 2017, las EPS deberán entregarlo en todas las concentraciones y formas farmacéuticas disponibles en Colombia.

Resolución 6408 de 2016

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Fuente: Ministerio de Salud. 

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